Preguntas Frecuentes

Por preguntas que no se encuentren aquí listadas o cualquier otra consulta
puede llamar al: 0800 1520

1. Me llegó un folleto del Censo Piloto, ¿por qué me lo enviaron y que debo hacer?
Le hemos enviado el folleto de presentación del Censo Piloto para que tenga conocimiento del operativo que el Instituto Nacional de Estadística está realizando y para hacerle saber, que en los próximos días recibirá la visita de un Censista que le realizará una serie de preguntas.

2. ¿Estoy obligado a contestar las preguntas que me hará el Censista?
Toda persona física o jurídica esta obligada por la ley 16.616, a brindar la información que sea requerida por el INE. La negación puede acarrear multas y/o consecuencias legales lo cual no inhibe el tener que proporcionar la información solicitada.

3. Me dejaron una Nota de Aviso, ¿qué debo hacer?
El Censista ha pasado por su casa y no ha encontrado a nadie o la persona que lo atendió, no estaba en condiciones de responder. Por favor, pongase inmediatamente en contacto con el número telefónico que le ha dejado el Censista en dicha nota para coordinar la entrevista.

4. Trabajo y vuelvo tarde en la noche, ¿cómo hago para responder al Censista?
Los Censistas trabajan de lunes a domingo en diversos horarios, seguramente y con buena voluntad encontrará un momento para realizar la entrevista. Póngase en contacto con su Censista quien amablemente coordinará el mejor momento para ambos.

5. ¿Para qué quieren información sobre donde vivo y quienes viven?
La información censal permite conocer la cantidad exacta de habitantes del país, así como las características de cómo y dónde viven en un momento determinado. Dicha información es de vital importancia para la planificación e implementación de políticas sociales, ya sean éstas públicas o privadas.

6. ¿Estará segura la información que les proporcione?
El artículo 17 de la ley 16.616 dice: “Están amparados por el secreto estadístico los datos individuales proporcionados a los organismos del Sistema Estadístico Nacional por las fuentes de información. La obligación de guardar el secreto estadístico alcanza tanto a los organismos como a sus funcionarios, así como a terceras personas que tomen conocimiento de los datos relevados al amparo del secreto estadístico.”

7. ¿Tengo que pagarle al censista?
Usted no debe entregar dinero u objetos algunos al Censista. Si así se lo exigiera no dude en avisarnos y avisar a la comisaría más cercana. Tome los recaudos necesarios, chequeando que efectivamente sea personal de campo del INE. Debe exhibir su carné de identificación, así como el chaleco y gorra identificatorios del Censo Piloto 2010. Ante cualquier duda, revise este sitio web para ver una fotografía de la indumentaria oficial.

8. ¿Tengo que presentar documentación?
El Censista solo registra lo que usted o quien informe en su hogar le responda. No tiene que presentar ningún tipo de documentación probatoria. Ante cualquier duda o sospecha, por favor comuníquese con nosotros o con la comisaría de su zona, quienes estarán informados del operativo y de los Censistas que actuarán en su jurisdicción.

9. Tengo un taller en mi casa,
¿voy a tener problemas de impuestos luego de dar la información?

La información que proporcione será utilizada solamente con fines estadísticos y la misma es propiedad del Instituto Nacional de Estadística. Toda la información es procesada y difundida de forma agregada para garantizar el secreto estadístico. En ningún momento se podrá identificar a personas, viviendas, o locales individualmente. Usted no tendrá problemas de ningún tipo por la información que proporcione.

10. Vino un censista a mi local para preguntarme algunas cosas.
¿Están haciendo un censo de locales también?

Correcto. Conjuntamente con los Censos de Población, Hogares y Viviendas, estamos realizando en esta oportunidad el Censo de Locales y el Censo Urbanístico. Resulta necesario conocer también cómo se distribuyen a lo largo y ancho del país las empresas y sus locales, así como todos aquellos otros servicios que no involucran actividad económica. Esta información, junto a características urbanas que también serán relevadas, permitirá desarrollar un sistema de información geoestadística para permitir el análisis del territorio desde múltiples perspectivas. Los resultados de este análisis son clave para la planificación de acciones futuras que atiendan las necesidades que se manifiesten.

11. ¿Cuánto demora la entrevista?
Depende de la cantidad de integrantes que tenga el hogar, pero estimamos que en un hogar tipo (2 adultos y 2 menores), será de 30 minutos aproximadamente.

12. ¿Es necesario que el censista ingrese a mi vivienda?
Es aconsejable ya que será mucho más cómodo para usted y para su Censista, lo que redundará en mayor agilidad para registrar sus respuestas y se podrá garantizar el absoluto secreto de las mismas.

13. ¿Cuándo pasarán por mi casa?
Si Ud. se encuentra dentro de las zonas del Censo Piloto, entre el 27 de setiembre y el 10 de octubre.